Un total de 15 familias ecijanas han participado en una reunión informativa como beneficiarios de las ayudas para rehabilitar su vivienda a través del Programa 2008 de Rehabilitación Autonómica, puesto en marcha por la Junta de Andalucía. En dicha reunión se han dado las instrucciones para acometer las citadas obras y se han resuelto las dudas que han planteado las familias en cuanto a plazos y percepción de las subvenciones que le han sido concedidas a cada una de ellas.
El Ayuntamiento de Écija tiene suscrito un Convenio de Colaboración con la Consejería de Obras Públicas para la gestión y distribución de las ayudas del programa de Rehabilitación Autonómica, habiéndosele asignado a Écija 35 actuaciones, de las cuales 15 son las que se acometen en esta primera fase.
Las 15 actuaciones de esta primera fase, tienen una inversión global de 146.352 € lo que generará aproximadamente 24 puestos de trabajo. La Junta de Andalucía aportará una subvención a fondo perdido de 73.176 €. También la Junta de Andalucía correrá con los gastos de la contratación de equipos de arquitectos para la redacción gratuita de los proyectos. Por su parte, el Ayuntamiento asume los costes que tendrían para las familias las licencias de obras, por lo que subvenciona a estas familias con otros 45.000 € aproximadamente.
Las ayudas consisten en:
- Subvención del 50 % o del 70 % si se posee la tarjeta Andalucía Sesenta y Cinco modalidad Oro, del coste de la obra, sobre un presupuesto máximo de 18.000 Euros.
- Redacción gratuita del Proyecto Técnico de Obra
- Dirección de las Obras gratuita.
- Licencia de Obras gratuita.
Para acogerse a este programa los edificios y viviendas deben reunir las siguientes condiciones
Antigüedad mayor de 10 años.
- Tener superficie útil mínima de 24 metros cuadrados, o si fuera inferior, que como resultado de la actuación alcance un mínimo de 36 metros cuadrados útiles.
- No estar calificadas urbanísticamente como fuera de ordenación a efectos de la concesión de la licencia municipal de obras.
- Han de presentar unas características de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención salvo que las adquiera por efecto de la actuación.
Asimismo las familias deben reunir los siguientes requisitos
- Las familias no deberán superar unos ingresos anuales equivalentes a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
- Cuando se trate de actuaciones promovidas por comunidades de propietarios sobre elementos comunes, al menos el 50 % de los propietarios no superará dicho nivel de ingresos.