Hasta el 13 de mayo se podrá votar por correo en las elecciones andaluzas

Correo ha recibido más de 178.500 solicitudes para votar por correo en las elecciones al Parlamento de Andalucía que se celebran el 17 de mayo, supone un 1,11% más que en los comicios de 2022, siendo Sevilla la provincia donde más solicitudes se han recibido, mientras que Almería ha sido la que ha registrado un menor número. Ahora, todas estas solicitudes deberán de presentar en las oficinas de Correo, y para ello tienen hasta el 13 de mayo.

Correos deberá asegurar la entrega de todos los sobres con votos en las respectivas mesas electorales en la jornada electoral del domingo, 17 de mayo, dentro de los plazos legalmente establecidos.

Entrega personal del voto

De acuerdo con las instrucciones de la Junta Electoral Central,  en este proceso electoral se exige la entrega personal por el elector en las oficinas de Correos de la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Para ello, al depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante lapresentación del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir originales, o cualquier otro documento válido que permita identificar al elector, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación. 

Autorización para delegar el depósito del voto

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su Documento Nacional de Identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

Para facilitar la redacción de ese documento de autorización con todos los datos necesarios, Correos recomienda utilizar el modelo de autorización que se puede descargar en la web www.correos.com.

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada por el elector, que deberá ser conservada, junto a la fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su nombre la documentación electoral, para su remisión a la Junta Electoral correspondiente. 

Se   recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer por correo su derecho al voto que procuren no esperar hasta el último día y que aprovechen la amplitud horaria de las oficinas postales.

No esperes a leer nuestras noticias en redes sociales, síguenos en nuestro Canal de WhatsApp de Écijaweb y las recibirás cuando las publiquemos, miles de personas ya lo hacen. Suscríbete desde este enlace, es gratis, y si quieres que te avise cuando publicamos una noticia, dale a la campana.

Relacionado

Síguenos en WhatsApp

WhatsApp Écijaweb

Recibe las noticias Écijaweb en tu WhatsApp

Últimos 7 días