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    Avanza y Apronis se quedan fuera de la concesión del servicio de la guardería municipal

    En sesión extraordinaria el pleno de la Corporación Municipal de Écija ha aprobado con los votos a favor del Partido Popular y la abstención del Partido Andalucista, socios de gobierno, la desestimación de los recursos interpuestos por las empresas “Avanza Empresa de Inserción S.L” y la “Fundación Internacional Aproni” en relación a la concesión del servicio del Centro Municipal de Atención Socioeducativa “Acuarela”, dejando en dos empresas la posibilidad de gestión del servicio.

    En el caso de Aproni “la falta de legitimación” es lo que ha llevado a la mesa de contratación a denegar la solicitud, en concreto se refiere a que la Fundación Internacional no acreditaba los seis años de experiencia requerido por las bases. En cuanto a Avanza, empresa que ha gestionado el servicio hasta ahora, la oferta fue denegada porque el objeto social de la empresa no abarca lo requerido en el contrato, algo que ha planteado algunas dudas en las sesión plenaria “¿cómo se pudo adjudicar este servicio a una empresa que no tiene en su objeto social el cuidado de niños menores?, preguntaba el delegado de Economía y Hacienda, Rafael Serrano, algo que se podría aclarar con el expediente de la concesión del servicio en 2006, documento que por otra parte “a día de hoy no se encuentra”, según la portavoz del Grupo popular, Silvia Heredia.

    Tras ser rechazadas las ofertas por las mesa de contratación, ambas empresas presentaros sus respectivos recursos: Avanza en materia de contratación, así como, solicitando como medida cautelar la suspensión del procedimiento; y por parte de la Fundación Aproni, se solicitó la revisión del Acto Administrativo de aprobación de las Cláusulas Administrativas Particulares, así como, la suspensión del procedimiento.

    Ninguno de los recursos han sido admitidos “el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, inadmite el recurso –por Avanza-, ya que no se aprecia que cumpla con el objeto social de la empresa que establecen las bases. En cuanto a la Fundación Aproni se inadmite la revisión del Pliego de Clausulas ante la falta de legitimación de la entidad, por carecer de fundamentos, ya que no se recurrió el Pliego de Cláusulas en tiempo y forma” añadía la delegada de Educación, Vanesa Onetti, aunque contra estos acuerdos cabe la interposición de recurso potestativo de reposición en sede administrativa y recurso contencioso administrativo.

    Durante el debate, IU y PA coincidían en lo incomprensible de declarar a una empresa no apta para ofrecer un servicio cuando lo ha venido realizando durante los últimos diez años, mientras que desde el PSOE se exponía que todo este asunto “plantea serias dudas”.

    Con todo esto, dos empresas podrán optar por el servicio: AL-ALBA-ESE S.L, y MAGADIVER SOCIEDUCATIVA S.L., teniendo la concesionaria la obligación de subrogación del personal, según se ha avanzado en pleno.

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