La finalidad de esta iniciativa es ser un instrumento útil para minimizar las consecuencias negativas de la botellona y de la movida, así como para promover hábitos saludables de vida, fundamentalmente entre los jóvenes.
La Ordenanza que regulará esta forma de ocio se fundamenta jurídicamente en la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de Andalucía, y en la habilitación legal establecida por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril de Régimen Local.
Su objeto pues es diseñar las directrices generales que marquen la actuación municipal en la materia, bajo los principios de unidad de criterio, eficacia y coordinación. Para ello se ha tenido en cuenta la experiencia acumulada en los últimos años, derivada del trabajo desarrollado en los grupos y mesas sectoriales que han venido funcionando, así como de las distintas medidas puestas en práctica por los servicios municipales competentes.
Pero fundamentalmente, el Gobierno Municipal ha tratado de ser receptivo con esta iniciativa del Área de Seguridad Ciudadana y Movilidad, apoyada por todos los grupos municipales, a las demandas planteadas por la Plataforma Cívica de la zona de nuestra ciudad en la que de una forma más acusada se manifiestan los efectos negativos de la botellona, que es la de la Alcarrachela.
Medidas más destacables que se adoptarán:
Mantener un plan continuo de actuaciones inspectoras y en su caso sancionadoras en aquellas materias de competencia municipal, y en especial en las siguientes:
– Disciplina medioambiental (control de licencias de apertura, horarios de apertura y cierre de los establecimientos de hostelería, aforos, medidas de insonorización de los mismos, cumplimiento de la normativa vigente en materia de terrazas, ventanas al exterior; etc.);
– Tráfico y seguridad vial;
– Seguridad ciudadana;
– Venta de bebidas alcohólicas por establecimientos no autorizados, fuera de los horarios permitidos o a menores;
– Limpieza y recogida de basuras.
Mantener un dispositivo específico de vigilancia y control para la Barriada de la Alcarrachela durante los fines de semana, incrementando las medidas que se vienen desarrollando, de forma que se dé cumplimiento a las medidas de limitación de acceso de vehículos no residentes a la zona de la Alcarrachela, con prohibición expresa de acceso a los llamados coches-discotecas, las de reforzamiento del alumbrado público, apertura de servicios públicos, colocación de bandas sonoras o instalación de pasos de cebra sobreelevados, y cualesquiera otras que puedan considerarse oportunas.
Impulsar campañas de sensibilización e información a la población en general y a la juventud en particular sobre los efectos del consumo de alcohol y otras sustancias, así como de fomento de la práctica de formas saludables de ocio
A partir de ahora se abre el período de información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones o sugerencias, mediante la inserción de Edicto en el Tablón de Anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta ahora provisional.