El Juzgado de lo Penal nº 4 de Sevilla ha dictado sentencia absolutoria hacia un joven ecijano que fue detenido en 2015 por un delito contra la salud pública, al encontrar en la vivienda de su madre varias plantas de marihuana, de las cuales reconoció ser propietario, pero que las cultivaba para consumo propio.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Ecijaweb, se relatan las hechos ocurridos en marzo de 2015 cuando ante una queja vecinal por un fuerte olor, agentes de la Policía Nacional se personaron en una vivienda de la avenida Nuestra Señora del Valle, de Écija.
Con la autorización de la madre del acusado, los agentes accedieron al interior de la vivienda y “encontraron en el interior una cantidad de plantas de marihuana” en el interior de un cuarto en el patio de luces. Durante el acto de aprensión, el joven reconocía a los agentes que las plantas eran de su propiedad y que las cultivaba para consumo propio.
En este sentido, la sentencia señala que no existen evidencias que hagan llegar a la conclusión de que esta sustancias estuviesen destinadas a la venta “la mera intervención de la sustancia carece de la contundencia exigible desde la perspectiva penal para considera que la conducta de cultivarla y poseerla estaba destinada a facilitar estupefacientes a terceros y no a un auto consumo”.
A todo esto la sentencia señala que no está “acreditada la cantidad de plantas de marihuana intervenidas”, ya que no existe un reportaje fotográfico que atestigüe la cantidad las plantas que había en la vivienda “ni tampoco se incluye la correspondiente cadena de custodia”.Por todo ello, la sentencia con fecha 6 de junio de 2022, recoge un pronunciamiento absolutorio sobre este joven ecijano que en 2015, cuando fue detenido, contaba con 21 años.