La Audiencia de Sevilla ha confirmado una sentencia previa, que condena a dos varones a siete meses de cárcel para cada uno de ellos, por el robo de más de 240 kilos de naranjas de una finca agrícola de Écija.
En una sentencia emitida el pasado 4 de enero y recogida por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de dos varones, contra una sentencia previa del Juzgado de lo Penal número seis que les condena por un delito intentado de robo con fuerza.
En concreto, el Juzgado de lo Penal números seis declaró probado que sobre las 6,30 horas del 1 de febrero de 2016, los dos acusados, de 35 y 42 años de edad y ambos con antecedentes penales no computables, «puestos de común acuerdo y con la intención de obtener un ilícito beneficio económico, se personaron en una finca agrícola sita en el término municipal de Écija», propiedad de un tercero; y «se introdujeron en su interior, realizando un agujero en la valla perimetral con unas tenazas de corte, sustrayendo un total de 240 kilos de naranjas que colocaron en diversas cajas y sacos en el interior del vehículo marca Opel Modelo Combo, en el que acudieron y en el que pensaban marcharse», si bien finalmente fueron interceptados.
La sentencia inicial condenatoria también declaró probado que «las naranjas fueron devueltas a su legítimo propietario, quien reclama por los daños causados en la valla, que han sido tasados en 87,46 euros», condenando a cada uno de los acusados a siete meses de cárcel por un delito de robo en grado de tentativa, así como a indemnizar al dueño de la finca con la cuantía reclamada.
Ante el recurso de apelación de los inculpados, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla expone que «los acusados fueron sorprendidos con las naranjas en su poder, el día anterior a los hechos la valla se encontraba en perfecto estado y se encontró en su poder una herramienta que bien pudiera haberse empleado para la rotura de la valla», en alusión a unas tenazas. Para el tribunal, las «conclusiones» del asunto «conducen sin asomo de dudas a la condena» impuesta.
Por eso, la Sección Séptima de la Audiencia desestima plenamente su recurso de apelación y confirma la sentencia inicial condenatoria del juzgado.