El programa de Rehabilitación Autonómica tiene como objetivo la ayuda a familias de recursos limitados que necesiten promover actuaciones de conservación y mejora de sus viviendas y de los elementos comunes de las mismas. Las ayudas son para la residencia habitual y permanente de sus propietarios o inquilinos.
El Ayuntamiento de Écija ha suscrito un Convenio de Colaboración con la Consejería de Obras Públicas para la Gestión y Distribución de las ayudas de la programación 2009 del programa de Rehabilitación Autonómica. A la ciudad se le han asignado 30 actuaciones.
Para la distribución de las ayudas entre los solicitantes, se confeccionará una relación priorizada de acuerdo al baremo aprobado, y que contiene los criterios relacionados con:
- Finalidad de las Obras
- Circunstancias Socioeconómicas de la familia
- Circunstancias de haber obtenido anteriormente ayudas en estos programas
- Criterios de tipología y ubicación de las viviendas
El Baremo contiene los criterios para la valoración de los solicitantes y se encuentra publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la Empresa Municipal de Urbanismo. También puede accederse a dicho documento en la Web www.ecija.es De forma resumida, las condiciones y requisitos de los beneficiarios de las viviendas y las ayudas, son las siguientes:
Condiciones de los edificios y viviendas:
- Antigüedad mayor de 10 años.
- Tener superficie útil mínima de 24 metros cuadrados, o si fuera inferior, que como resultado de la actuación alcance un mínimo de 36 metros cuadrados útiles.
- No estar calificadas urbanísticamente como fuera de ordenación a efectos de la concesión de la licencia municipal de obras.
- Han de presentar unas características de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que las adquiera como resultado de la actuación.
- Presupuesto de Ejecución Material igual o inferior a 18.000 Euros cuando la finalidad de las obras sea la de alcanzar las condiciones suficientes de seguridad estructural y constructiva. Este presupuesto será de 12.000 Euros en los demás casos.
- La finalidad de las obras será las dirigidas a seguridad estructural, humedades, iluminación, ventilación, instalaciones, accesibilidad, eficiencia energética, telecomunicaciones y redistribución.
- Las viviendas tendrán como destino la residencia habitual de las personas propietarias o inquilinas de las mismas.
Requisitos de los promotores:
- La persona promotora deberá ser la propietaria residente o la persona arrendataria con autorización de la propietaria.
- Los ingresos familiares corregidos anuales de la persona promotora no serán superiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Subvenciones y otras ayudas:
- Una subvención de cuantía equivalente al 50% del presupuesto de ejecución material de las obras. Cuando la persona promotora sea mayor de 65 años y titular de la tarjeta Andalucía-Junta Sesentaycinco en modalidad Oro la subvención se incrementará hasta el 70% del presupuesto de ejecución material
- Asistencia Técnica para la redacción del proyecto y otros documentos
- Asistencia Técnica para la Dirección de la Obra.
- El coste de las tasas y licencias de obras serán asumidas por el Ayuntamiento de Ecija
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.-
- Empresa Municipal de Urbanismo (Avda. Blas Infante nº 6-1º)
- El Plazo de presentación ira desde el 4 de mayo hasta el 4 de junio de 2009