En la provincia de Sevilla se contabilizan un total de 43 Viviendas de Protección Oficial propiedad de entidades financieras que no estaban en los registro públicos de demandantes, cinco de ellas se localizan en Écija, ahora la Junta de Andalucía ha abierto procedimientos sancionadores a sendas entidades financieras por incumplimiento de las obligaciones inherentes a la titularidad viviendas protegidas.
El motivo de apertura de los expedientes es, según fuentes de la Consejería de Fomento y Vivienda «no haber ofrecido viviendas protegidas a los registros municipales de demandantes, obligación establecida por el artículo 20m de la Ley de Vivienda Protegida, introducido en su actual redacción por la Ley de Función Social de la Vivienda».
Los expedientes parten de que los inmuebles protegidos, construidos con dinero público, «deben prestar una función social».
La Junta ha recordado que los registros municipales establecen los mecanismos de selección para la adjudicación de viviendas de protección pública y señalan los requisitos socioeconómicos para el acceso a las mismas bajo principios de igualdad, publicidad y concurrencia.
Las entidades financieras que cuentan con VPO en Écija sin registrar son: Building Center (1), Banco Popular (2), Unión de Créditos Inmobiliarios (1) y Servihabitat (1).
Las fuentes han recordado que estas 5 VPO no son las únicas sin asignar a los registros municipales, sino aquellas que la Consejería que dirige Elena Cortés ha logrado acreditar a partir de la información remitida por las propias entidades financieras en cumplimiento de la Ley de Función Social de la Vivienda.
En Andalucía 185 VPO
En total, se trata de 185 viviendas protegidas en Andalucía que no han sido ofrecidas a los registros municipales. Por provincias, hay 43 viviendas en Sevilla, 30 en Cádiz, 22 en Almería, 22 en Córdoba, 20 en Granada, 17 en Jaén, 17 en Málaga y 14 en Huelva. Las posibles sanciones ascienden a 11,1 millones.
Las fuentes han recordado que «cada inmueble protegido que no haya sido ofrecido al correspondiente registro supone una infracción muy grave». La Consejería, que a través de sus delegaciones territoriales ha detectado e informado de dichos incumplimientos, ha notificado los expedientes a las entidades con una sanción de 60.000 euros por vivienda, tal y como informó Elena Cortés en el Parlamento el pasado 3 de abril.
La Consejería ha recordado que la Ley de Medidas para Asegurar la Función Social de la Vivienda «no fue impugnada por el Gobierno central en su totalidad, sino sólo algunos preceptos, como la potestad de sancionar a entidades financieras por mantener casas vacías durante más de seis meses o la de expropiar temporalmente su uso para evitar desahucios de familias en riesgo de exclusión social».
De esta forma, ha añadido que los artículos que permiten vigilar y sancionar los incumplimientos de las obligaciones de la función social de las viviendas protegidas continúan plenamente vigentes.