Los cinco hermanos de Écija (Sevilla) que reclaman una herencia millonaria a la que no tuvieron acceso por nacer fuera del seno matrimonial de su padre, fallecido en 1966, han elevado su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo (Francia). Y es que las acciones legales emprendidas por estos hermanos ante el Tribunal Constitucional (TC) tampoco han prosperado después de que la Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla desestimase su demanda.
El abogado que representa los intereses de estos cinco hermanos — cuatro mujeres y un hombre–, Fernando Osuna, ha informado de que la «negativa» del TC a las pretensiones de sus clientes ha motivado la decisión de elevar el asunto al Tribunal de Derechos Humanos, argumentando una posible violación de derechos fundamentales, entre ellos el de la tutela judicial efectiva y trato discriminatorio. «Lo que se defiende en este asunto que se lleva al Tribunal Europeo es que el padre tenía la voluntad coaccionada y no fue libre para dejar en herencia parte de sus bienes a sus cinco hijos extramatrimoniales. Esta cuestión no fue juzgada en el anterior juicio del año 2003», señala en un comunicado el abogad a cuenta de la «negativa» del TC a sus demandas, toda vez que en septiembre de 2010, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla desestimó su reclamación.
En el mes de junio de 2003, los cinco hermanos en cuestión interpusieron una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Écija interesando la declaración de nulidad del testamento otorgado por su padre, quien había fallecido en el año 1966, basándose en la preterición de la que habían sido objeto en dicho testamento. Esta demanda fue desestimada en mayo de 2004 por el referido juzgado, que argumentó entonces que el testamento era conforme al Derecho vigente en el momento del fallecimiento del causante.
Tras ello, concretamente en 2006, volvieron a plantear la demanda basada en los mismos argumentos, que fue rechazada por el Juzgado de Écija y también por la Audiencia Provincial de Sevilla, quien en un auto emitido e septiembre de 2010, al que ha tenido acceso Europa Press, desestima el recurso de apelación al tratarse de «cosa juzgada» anteriormente.