El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado a indemnizar con 13.030 euros a la trabajadora social de un ambulatorio que resultó lesionada al caer sobre ella una viga y unos escombros procedentes de unas obras en el centro de salud Virgen del Valle de Écija.
La sentencia del juzgado de lo Contencioso 11, a la que ha tenido acceso Efe, explica que la trabajadora social F.G.A. resultó herida el 16 de febrero de 2007, cuando transitaba por el citado centro de salud y se produjo el desprendimiento de una viga de hierro, que cayó sobre su cabeza y hombros junto con los escombros procedentes de unas obras que se estaban realizando.
Dice el juez que los responsables del centro debieron disponer la señalización necesaria y acotar las zonas afectadas por dichas obras y las áreas que pudieran ser peligrosas con objeto de evitar perjuicios y lesiones a los usuarios.
«Al tratarse de un edificio público por el que transitan numerosas personas, ha de entenderse que el SAS debió adoptar, o comprobar que se habían adoptado, las medidas de seguridad adecuadas, sin que pueda exigirse a los ciudadanos una diligencia anormal o superior en el ejercicio de sus labores cotidianas», dice el juez.
Añade que ha quedado demostrado que el daño se produjo por «las deficiente medidas de precaución tomadas por el centro, que estando en obras no dispuso de la señalización y acotó las zonas afectadas», sino que permitió libremente el paso del público por sitios que resultaron ser peligrosos.
El abogado de la trabajadora, Francisco Cabral, ha explicado a Efe que la sentencia rechaza el argumento del SAS de que las lesiones se produjeron por culpa o negligencia de la afectada, pues «el hecho de trabajar en dicho centro en modo alguno puede servir de excusa para descargar responsabilidades» sobre la base de que, al ser habituales en el lugar, deben dar por conocido el peligro que comporta una obra.