El Arzobispo de Sevilla, Juan José Asenjo, ha firmado un decreto que se ha hecho público el 29 de diciembre, en el cual se toma la determinación de suspender todos los actos y celebraciones organizadas y previstas a desarrollar en la vía pública, esto incluye las salidas procesionales de Semana Santa. Esta es una decisión que se aplica a toda la Archidiócesis de Sevilla.
Según recoge el decreto, se suspenden “todos los actos y celebraciones por parroquias, hermandades y cofradías, asociaciones de fieles u otros grupos eclesiales que, estando previsto en sus Reglas o haciendo sido anteriormente permitidas por la Autoridad Eclesiástica, tengan carácter de culto externo, y en general todos aquellos en los que se haga uso de la vía pública”, algo que se mantiene hasta que se tome otra decisión al respecto.
Estas medidas extraordinarias están motivada por la situación sanitaria motivada por la pandemia del COVID-19 “lamentablemente, la persistencia de altos niveles de incidencia de la enfermedad, junto con las revisiones anunciadas para la distribución y aplicación de las vacunas contra la misma, sigue desaconsejando para los próximos meses, a juicio de las diversas autoridades civiles y sanitarias consultadas, la concentración de grandes grupos de personas, así como la libre circulación de estas”.
Poco después de conocerse el decreto, el presidente del Consejo General de Hermandades y Cofradías de Écija, Francisco Fuentes, ha reconocido que era una noticia esperada y ha incidido en señalar que “la Semana Santa no se suspende, se van a suspender todos los actos de calle: las salidas procesionales, los Vía Crucis en la calle, todo lo que sea en la calle”, aunque como también recoge el decreto “se hace hincapié en que se siga celebrando los actos de iglesia”.
En otros asuntos, el decreto autoriza la celebración de cultos internos “al igual que otros actos litúrgicos y de piedad o devoción en los lugares de culto, establecidos en las Reglas de las Hermandades y Cofradías –y demás asociaciones de fieles- o que hubieran sido autorizados con anterioridad a este decreto”, siempre cumpliendo la disposiciones del decreto de 17 de julio de 2020, así como la normativa sanitaria vigente en cada momento.
Como último punto el decreto señala que, en cuanto a la convocatoria y celebración de Cabildos Generales de Hermanos, procesos electorales y otros actos jurídicos competencia de la Delegación Episcopal “se requerirá, para su validez, la autorización expresa de dicho Delegado Episcopal, que deberá solicitarse con al menos 30 días de antelación”, concluye.
Con este decreto se confirma que por segundo año consecutivo las hermandades ecijanas no procesionarán, durante el periodo de Semana Santa que en 2021 se celebrará entre el 28 de marzo –Domingo de Ramos- y el 4 de abril –Domingo de Resurrección-, así como el resto de salidas procesionales fuera de este periodo de tiempo como la de San Pablo, Patrón de Écija.