Hasta un total de 30 actuaciones en viviendas, recoge el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Écija y la Consejería de Vivienda de la Junta de Andalucía, y que se incluye dentro del programa de Rehabilitación Autonómica.
La firma de los convenios implica que los municipios sean declarados como de Rehabilitación Autonómica, paso inicial para la apertura de la convocatoria de ayudas. De las 105 localidades de la provincia, la nueva fase de 2009 asigna actuaciones a 101 de ellas.
A partir de la firma de los convenios, los Ayuntamientos disponen de 15 días para publicar los criterios de baremación y valoración de las solicitudes y un mes para recibir las peticiones de los ciudadanos que deseen acogerse a la Calificación de Rehabilitación Autonómica. Concluido el plazo de presentación de las solicitudes, los municipios aprobarán, con carácter inicial y mediante Acuerdo Plenario, las relaciones de admitidas y excluidas. Posteriormente, el trámite incluye la asignación de las actuaciones, la elaboración de los informes técnicos y el abono de las subvenciones a los particulares.
El Programa de Rehabilitación Autonómica tiene como objetivo principal mejorar las condiciones de habitabilidad de las viviendas y elementos comunes de inmuebles cuyos inquilinos no superen un nivel de renta equivalente a 2,5 veces el Iprem.
La cuantía de las ayudas aportadas por la Junta de Andalucía son del 50% del presupuesto de las obras, con un máximo de 9.000 euros, ampliándose al 70% del presupuesto (ayuda de hasta 12.600 euros) en el caso de que el inquilino sea mayor de 65 años y titular de la Tarjeta Andalucíajunta 65 Oro, además de las correspondientes asistencias técnicas para la redacción de proyectos y dirección de obra.
El presupuesto máximo protegible de cada intervención no puede superar los 12.000 euros (18.000 euros en el caso de que las reformas afecten a las estructuras de los edificios). Las viviendas deben tener una superficie mínima de 24 metros cuadrados y ubicarse en edificios con una antigüedad de más de diez años.
Las subvenciones las abona la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio en dos pagos. El primer 50%, a la mitad de las obras. Y el resto, a su finalización. El plazo de ejecución de las obras no puede ser superior a ocho meses.
La finalidad de las subvenciones concedidas es acometer obras de mejora relacionadas con:
Estabilidad y seguridad estructural y constructiva
Instalaciones de suministros, agua, gas, electricidad y saneamiento
Supresión de humedades de capilaridad y condensación
Supresión de barreras arquitectónicas y adecuación funcional
Estanquidad frente a la lluvia
Iluminación y ventilación de espacios
Mejora de las condiciones de ahorro energético
Redistribución interior
Eliminación de barreras arquitectónicas
Adecuación para el acceso a las tecnologías de la información