El Ayuntamiento de Écija y el Servicio Andaluz de Salud, han firmado un convenio de colaboración para mantener en la ciudad el Servicio de Atención Infantil Temprana (SAIT), por un periodo, prorrogable, de un año. El importe que se subvenciona en Écija es de 43.000 euros, que se repartirán en 121,26€/mes para las treinta plazas asignadas.
El Servicio de Atención Infantil Temprana de Écija (sito en C/ Evaristo Espinosa, 8. Centro Municipal de Servicios Sociales), es un servicio municipal de carácter universal, público y gratuito, que atiende a niños de 0-3 años con trastornos de desarrollo o con alto riesgo de padecerlo. Igualmente atenderá a niños de 4-6 años siempre que éstos no dispongan de recursos en el entorno social o educativo.
En la actualidad, se define la Atención Temprana como el conjunto de actuaciones, dirigidas a la población infantil de 0-6 años, a la familia y al entorno, con la finalidad de prevenir y detectar de forma precoz la aparición de cualquier alteración en el desarrollo, o el riesgo de padecerla, realizando, en aquellos casos que lo precisen, una intervención integral dirigida a potenciar capacidades, para evitar o minimizar el agravamiento de una posible deficiencia.
Los trastornos del desarrollo que se atienden son:
– Trastorno del desarrollo psicomotor- cognitivo
– Trastorno de la comunicación
– Retraso madurativo del lenguaje
– Trastornos del habla (disartria, dislalia, diglosia…)
– Niño con señales de alerta, de trastornos del desarrollo, mantenidas en el tiempo
– Trastorno motor que incide en el desarrollo psicomotor-cognitivo
– Trastorno sensorial que incide en el desarrollo psicomotor-cognitivo
– Patología que conlleva en cualquier momento evolutivo trastorno del desarrollo
– Trastornos generalizados del desarrollo
El modo de derivación de los pequeños será a través de su Pediatra de Atención Primaria u otro Servicio Sanitario Especializado.
Los términos este convenio se expusieron en la sesión plenaria ordinaria del Ayuntamiento de Écija, en la que también se también se trataron otros asuntos relacionados con el Área de Igualdad y Bienestar Social, como fue la aprobación por unanimidad del Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio.
En Andalucía, el Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD), hasta la entrada en vigor de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, se regulaba por la Orden de la Conserjería de Asuntos Sociales de 22 de octubre de 1996, que configura este servicio como prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios. En la actualidad se regula por la Orden de 15 de noviembre de 2007.
En general, para las personas dependientes la entrada en vigor de esta ley ha supuesto un importante avance, pero igualmente para el Servicio de Ayuda a Domicilio ha supuesto un paso importante, ya que uno de los principios inspiradores de la Ley es la permanencia de las personas en situación de dependencia, siempre que sea posible, en su entorno de vida. Se prima la atención de las personas en su propio hogar, siendo muy importante, por tanto, el Servicio de Ayuda a Domicilio.
La importancia de esta nueva Orden reguladora del SAD en la Comunidad Autónoma de Andalucía radica en que unifica en la misma la ayuda a domicilio como prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios y la derivada de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, aunque inevitablemente haya que distinguir entre ambas en el acceso y en la financiación, pero sin que se creen dos servicios con medios humanos y materiales distintos o con distintas exigencias en cuanto a acreditación o calidad.
Desde la entrada en vigor de la Orden de 15 de noviembre de 2007, las Corporaciones Locales de Andalucía están obligadas a adaptar y adecuar las Ordenanzas reguladoras del Servicio de Ayuda a Domicilio, es por ello que ayer se propuso y aprobó por unanimidad se propone el Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Écija.