La Audiencia de Sevilla ha confirmado la condena de dos años y nueve meses de cárcel impuesta al dueño de una zapatería de Écija que grabó con una cámara oculta a una veintena de trabajadoras y clientas que utilizaron el aseo de su negocio.
Fuentes del caso han informado a Efe de que la Sección Cuarta de la Audiencia ha confirmado el fallo anterior del juzgado de lo penal número 2, que condenó a J.P.B. por un delito contra la intimidad por grabar sin su consentimiento a empleadas y clientas de su zapatería, que han sido indemnizadas con 3.000 euros cada una.
La única salvedad es que la indemnización a una de las trabajadoras se ha rebajado a 1.200 euros porque la afectada no estaba realizando un acto íntimo al ser grabada mientras se probaba una rebeca.
J.P.B. ha sido condenado por haber instalado en el año 2002, en el extractor del aseo, una microcámara «orientada claramente hacia el inodoro», con un cableado disimulado en el interior de una tubería de aluminio que conducía hasta el ordenador de su mesa de despacho.
Las grabaciones, que se prolongaron varios años, eran guardadas por el acusado en CD que conservaba para su uso personal y en las que las afectadas se reconocieron sin ningún género de dudas mientras hacían uso del aseo para sus necesidades fisiológicas.
En el juicio, el comerciante negó haber colocado la cámara y atribuyó su presencia a que había sufrido muchos robos y que el artilugio pudo ser colocado por un familiar o compañero de trabajo, cuya identidad no desveló.
El caso fue descubierto accidentalmente cuando una de las empleadas localizó en el despacho del acusado varias decenas de CD y lo denunció a la Policía, en una incautación que la sentencia consideró plenamente ajustada a derecho.